NORMAS PARA EL PAGO DE RECIBOS a través de la ENTIDAD FINANCIERA:
– Se considera pagado el RECIBO, mientras no haya sido devuelto por la ENTIDAD FINANCIERA.
– En este caso, no le supondrá gasto para usted.
– Los cambios se deben realizar antes del día 15 de cada mes.
– Si se realiza la anulación o devolución del recibo después de la fecha indicada, los gastos de la operación deberán ser abonados por el titular de la cuenta cuyo importe corresponde a 3,00 €.